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Accidentes de Convenio Colectivos

El seguro de convenio colectivo incluye las coberturas aseguradoras de muerte e incapacidad especificadas en los Convenios Colectivos, con la garantía de constante actualización y la cobertura a todos los trabajadores dados de alta en el TC2 – documento oficial relativo a la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta ajena que la empresa tiene afiliados y representa sus relaciones nominales con respecto a sus bases de cotización – del centro de trabajo asegurado y, por tanto, la tranquilidad de saber que el seguro cubre los últimos capitales pactados en el convenio supraempresarial.

La no contratación de este seguro, obligado por el Convenio Colectivo, es un incumplimiento de las obligaciones de la empresa con los trabajadores que puede ser considerado una falta muy grave, con multa de 6.251€ a 187.515€.

Coberturas del Seguro de Convenio Colectivo

Este tipo de seguro cubre las garantías estipuladas en el Convenio Colectivo de ámbito supraempresarial correspondiente.

Las coberturas más habituales son:

  • Muerte por accidente.
  • Invalidez permanente (incluye baremo)
  • Invalidez permanente total
  • Invalidez permanente absoluta
  • Gran invalidez

Algunos convenios colectivos incluyen además coberturas de vida como, por ejemplo, muerte por cualquier causa.